Residencias y dependencia en Aragón: plaza pública, precios y ayudas
Cómo pedir la dependencia en Aragón, cómo asigna plazas el IASS, cuánto se paga en residencia y centro de día y qué ayudas hay en 2026.
Actualizado el 22 de octubre de 2026 · 10 min de lectura · Información general, no sustituye el consejo profesional.
Directorio: registros oficiales a 26 de octubre de 2026. Población: INE, Censo Anual de Población a 01/01/2025. Dependencia: Imserso, estadística mensual del SAAD, datos a 30/09/2026 (fuente).
Si vives en Aragón y un familiar empieza a necesitar ayuda en el día a día, aquí encontrarás cómo funciona el sistema en esta comunidad: dónde se pide la dependencia, cómo reparte las plazas el Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS), cuánto paga la familia y qué ayudas hay si eliges una residencia privada. Incluye los cambios de la reforma estatal que se aplica desde el 23 de octubre de 2026.
Quién se ocupa de la dependencia en Aragón
- El Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Desregulación, Bienestar Social y Familia, es el responsable de los servicios sociales y de la dependencia.
- El IASS lo gestiona en la práctica: valora el grado, aprueba el Programa Individual de Atención (PIA), reconoce las ayudas económicas y administra la red pública de residencias y centros de día. Tiene Direcciones Provinciales en Huesca, Teruel y Zaragoza.
- Las comarcas y los ayuntamientos son la puerta de entrada. En sus centros de servicios sociales, comarcales o municipales, una trabajadora social acompaña a la familia y prepara la solicitud. También prestan servicios de proximidad como la ayuda a domicilio.
- En Zaragoza capital la solicitud se tramita con la Dirección Provincial del IASS; los centros municipales informan y orientan.
En las normas aragonesas verás «servicio de estancia diurna» para el centro de día y «servicio de alojamiento» para la residencia.
Cómo se solicita la dependencia, paso a paso
El procedimiento lo regula la Orden CDS/456/2019, de 17 de abril:
- Pide cita con la trabajadora social de los servicios sociales de tu comarca o municipio. En Zaragoza ciudad, con la Dirección Provincial del IASS (976 701 705). Si quieres orientarte antes, el IASS tiene un simulador de dependencia.
- Entrevista y solicitud. Te explican qué servicios encajan con vuestra situación, anotan vuestras preferencias y presentan la solicitud por vía electrónica desde el propio centro. Lleva lo que te pidan: identidad, residencia y, si procede, representación; datos económicos, y el informe de salud del sistema público, que suele hacer el médico de familia. Un expediente completo se resuelve antes.
- Valoración en casa. El IASS llama para fijar el día y una persona valoradora aplica el baremo oficial en el domicilio. Tienen prioridad quienes ya cuentan con gran invalidez o necesidad de tercera persona, y los casos urgentes acreditados pueden adelantarse.
- Resolución. Llega a casa el grado reconocido con los servicios o ayudas que corresponden. Si el expediente está completo, Aragón puede resolver grado y PIA a la vez; si no, en resoluciones sucesivas.
Plazos
La orden aragonesa fija hoy un máximo de seis meses hasta la resolución de la prestación. La Ley 4/2026, en vigor desde el 23 de octubre de 2026, reduce a tres meses el plazo para resolver, hace que el derecho a la prestación nazca como tarde a los seis meses de la solicitud aunque no haya resolución y obliga a tramitar con urgencia los casos de especial vulnerabilidad. Aragón tendrá que adaptar su normativa.
Según la estadística del Imserso a 30 de septiembre de 2026, calculada sobre las resoluciones de los doce meses anteriores, en Aragón pasaban de media 87 días desde la solicitud hasta la resolución del grado y 109 días hasta la de la prestación (220 y 293 días de media en España). Repasa el proceso general en cómo solicitar la Ley de Dependencia.
Plaza pública y plaza concertada: cómo se asignan
Hay plazas públicas (en residencias del sistema), concertadas (que el Gobierno de Aragón reserva y financia en centros privados) y privadas. Las dos primeras se obtienen a través de la dependencia. Te lo contamos en plaza pública, concertada o privada.
Residencia
- Para quién: personas mayores con grado II o III cuando el PIA considera que ya no es posible seguir en casa.
- Cómo se pide la plaza: con la resolución del PIA, el IASS envía un documento de consulta y la información de las residencias públicas para que indiques si quieres plaza y qué centros o zonas prefieres. Si no señalas ninguno, la oferta puede llegar de cualquier punto de Aragón.
- Prioridad: primero, ingresos urgentes y casos excepcionales como reagrupar a una pareja. Después, por grado; a igual grado, por capacidad económica, y si persiste el empate, por la valoración más antigua (Orden de 16 de abril de 2015). Como la Ley 4/2026 ordena la prioridad por grado, tiempo de espera y capacidad económica, es previsible que esta regla se revise.
- Al recibir la oferta hay 10 días naturales para ingresar y un mes de adaptación. Si se rechaza una plaza acorde con las preferencias indicadas, la orden prevé dejar en suspenso un año la petición de ese recurso, salvo un cambio importante de situación. Ante la duda, coméntalo antes con tu trabajadora social.
- Traslados: tras un año en una residencia pública se puede pedir el cambio de centro.
Estancias temporales y respiro
El IASS ofrece estancias temporales en su red de residencias a personas mayores dependientes que viven en casa, en tres casos: un empeoramiento pasajero que no requiere hospital (por ejemplo, tras una operación programada), un imprevisto de la persona cuidadora o su descanso. Duran hasta 30 días, ampliables otros 30 en los dos primeros supuestos. El descanso se pide con tres meses de antelación como mínimo y se concede una vez por año natural. Se pide en la Dirección Provincial del IASS o en cualquier registro. Más ideas en estancias temporales y respiro familiar.
Centros de día
La estancia diurna se asigna a personas mayores con grado reconocido cuando el PIA la considera adecuada, y te preguntarán qué centros prefieres. Si la movilidad lo exige y consta en el expediente, debe garantizarse el transporte adaptado. Con grado I, la asistencia mínima es de 15 horas semanales. Si ya tienes PIA y vuestra situación cambia, puedes pedir que se añada. Ver qué es un centro de día.
Cuánto se paga en una plaza pública o concertada
Lo regulan la Orden de 24 de julio de 2013 (prestaciones, capacidad económica y copago), modificada por última vez por la Orden BSF/22/2025, y la Orden de 16 de abril de 2015 sobre acceso a plazas, modificada por la Orden CDS/533/2016.
| Servicio de la red pública | Aportación de la persona usuaria |
|---|---|
| Residencia para personas mayores | El 80 % de los ingresos de la persona (según su renta per cápita), con un tope del 90 % del coste de referencia de la plaza |
| Centro de día | El 25 % de los ingresos, con el mismo criterio |
- Gastos personales: siempre se garantiza un mínimo mensual. La orden de 2013 lo referencia al 19 % del IPREM, unos 114 € al mes con el IPREM de 2026 (600 €).
- Capacidad económica: suma a la renta una parte del patrimonio neto (el 5 % desde los 65 años). Hasta ahora la vivienda habitual solo contaba en ingresos residenciales permanentes si nadie a cargo de la persona seguía viviendo en ella; la Ley 4/2026 la excluye siempre, así que Aragón deberá ajustar este punto.
- Actualización: el IASS puede revisar la cuota cada año, como máximo en lo que suban las pensiones.
Ejemplo orientativo: con unos ingresos de 1.000 € al mes y viviendo sola, una persona aportaría unos 800 € mensuales por su plaza. El cálculo exacto lo hace el IASS antes de ofrecerla.
Como referencia del mercado privado, el informe sectorial de Inforesidencias de 2026, citado por Alimarket, sitúa la media de Aragón en 1.917,62 € al mes (dato de una entidad privada, no oficial). Más en precios de residencias.
Si eliges una plaza privada: la prestación vinculada al servicio
Si no hay plaza pública adecuada, el IASS puede reconocer la prestación económica vinculada al servicio, una ayuda mensual para pagar una residencia o un centro de día privados. Hace falta que el PIA la considere adecuada y que el centro esté acreditado para atender a personas en situación de dependencia; el propio centro te lo confirmará.
La Orden BSF/22/2025, vigente desde el 1 de febrero de 2025, fija estas cuantías, algo superiores a los máximos estatales del Real Decreto 1051/2013 (747,25 €, 445,30 € y 313,50 €):
| Grado | Máximo general | Máximo en residencia | Máximo en centro de día | Mínimo |
|---|---|---|---|---|
| Grado III | 751 € | 751 € | 751 € | 290 € |
| Grado II | 448 € | 751 € | 448 € | 150 € |
| Grado I | 315 € | 315 € | 448 € | 100 € |
El importe real depende del coste del servicio (hasta un coste de referencia), de la cantidad reservada para gastos personales y de la capacidad económica; con una capacidad igual o inferior al IPREM se cobra el máximo del grado.
En centro de día hay una modalidad propia para centros inscritos en el registro aragonés que se adhieren a ella y no superan un precio máximo: la ayuda cubre el coste menos lo que la persona pagaría en un centro público. El IASS publica la lista de centros adheridos. La Orden CDS/425/2023 fijó de forma transitoria un tope de 575 € al mes por jornada completa; confirma con el IASS si sigue vigente.
Si ya tienes PIA y vas a ingresar en una residencia privada, pide la revisión en tu centro de servicios sociales o en la Dirección Provincial, y comunica después cualquier cambio de centro.
Deducciones autonómicas en el IRPF
Según el Manual práctico de Renta 2025 de la Agencia Tributaria:
- Por cuidado de personas dependientes: 150 € (300 € en núcleos rurales con régimen de fiscalidad diferenciada por despoblación). Se aplica por un ascendiente mayor de 75 años, o un ascendiente o descendiente con discapacidad del 65 % o más, que conviva contigo al menos medio año y no tenga rentas anuales superiores a 8.000 €. Tu base imponible, restados los mínimos personal y por descendientes, no puede superar 21.000 € (individual) o 35.000 € (conjunta). Si hay varios familiares con derecho, se reparte a partes iguales.
- Para mayores de 70 años: 75 €, solo si el propio contribuyente tiene rentas del trabajo o de actividades económicas y su base imponible no supera 23.000 € (individual) o 35.000 € (conjunta).
Otros apoyos en Aragón
- Teleasistencia: el IASS gestiona de forma centralizada la teleasistencia personalizada (avanzada), que se incluye en los nuevos PIA y es compatible con todo salvo la residencia. Con la Ley 4/2026 pasa a ser un derecho de toda persona en situación de dependencia.
- Ayuda a domicilio: la prestan comarcas y ayuntamientos. El IASS financia las horas mínimas de cada grado; en las horas adicionales la persona participa en el coste.
- Autonomía y cuidadores: los hogares del IASS de las tres provincias ofrecen terapia ocupacional, estimulación cognitiva, formación para cuidadores y el programa CuidArte de atención socioterapéutica.
- Cuidados en el entorno familiar: desde 2025 puede cuidar también alguien del entorno relacional, no solo un familiar, y la ayuda aumenta si además se contrata a una persona trabajadora.
Teléfonos y webs oficiales
- Información general del Gobierno de Aragón: 976 714 000 (lunes a viernes, de 9 a 14 h).
- IASS: Zaragoza 976 701 705, Huesca 974 293 333, Teruel 978 641 313. La atención presencial es con cita previa.
- Cómo tramitar la dependencia (IASS) y direcciones del IASS.
- Buscador oficial de entidades, centros y servicios sociales de Aragón.
En nuestro buscador tienes residencias y centros de día de Aragón, y para la visita, nuestra lista de comprobación.
Las residencias también te pueden orientar
Las residencias y los centros de día de tu zona acompañan este proceso a diario. Pueden ayudarte a entender la resolución del IASS, a saber si están acreditados para la prestación vinculada o a organizar una estancia temporal. Pregúntales con confianza.
Información general, no asesoramiento personalizado. Normas y cuantías pueden cambiar, sobre todo mientras Aragón adapta su normativa a la Ley 4/2026. Para tu caso, consulta con tu centro de servicios sociales o con el IASS.
Fuentes
- Gobierno de Aragón, IASS. ¿Cómo tramitar la solicitud de dependencia? https://www.aragon.es/gobierno/iass/dependencia/como-tramitar-solicitud (consultado el 15/10/2026)
- Gobierno de Aragón, IASS. Atención residencial. https://www.aragon.es/gobierno/iass/dependencia/prestacion-de-servicios/atencion-residencial (consultado el 15/10/2026)
- Gobierno de Aragón, IASS. Estancias temporales. https://www.aragon.es/gobierno/iass/dependencia/prestacion-de-servicios/estancias-temporales (consultado el 15/10/2026)
- Gobierno de Aragón, IASS. Centro de día y de noche. https://www.aragon.es/gobierno/iass/dependencia/prestacion-de-servicios/centro-de-dia-y-de-noche (consultado el 15/10/2026)
- Gobierno de Aragón, IASS. Ayuda a domicilio. https://www.aragon.es/gobierno/iass/dependencia/prestacion-de-servicios/ayuda-a-domicilio (consultado el 15/10/2026)
- Gobierno de Aragón, IASS. Prevención y Promoción de la Autonomía Personal (PAP). https://www.aragon.es/gobierno/iass/dependencia/prestacion-de-servicios/pap (consultado el 15/10/2026)
- Gobierno de Aragón, IASS. Prestaciones económicas. https://www.aragon.es/gobierno/iass/dependencia/prestaciones-economicas (consultado el 15/10/2026)
- Gobierno de Aragón, IASS. Normativa de dependencia. https://www.aragon.es/gobierno/iass/dependencia/normativa (consultado el 15/10/2026)
- Gobierno de Aragón, IASS. Dónde informarte. https://www.aragon.es/gobierno/iass/dependencia/donde-informarte (consultado el 15/10/2026)
- Gobierno de Aragón. Vivir en residencia. https://www.aragon.es/momentos-vitales/cuidar-de-una-persona-en-situacion-de-dependencia-y-o-discapacidad/vivir-en-residencia (consultado el 15/10/2026)
- Orden de 24 de julio de 2013, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia (prestaciones, capacidad económica y participación en el coste). BOA núm. 163, de 20/08/2013. https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=748018863535 (consultado el 15/10/2026)
- Orden de 16 de abril de 2015 (acceso y adjudicación de plazas de estancia diurna y alojamiento). BOA núm. 113, de 16/06/2015. https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=860229623838 (consultado el 15/10/2026)
- Orden CDS/533/2016, de 25 de mayo. BOA núm. 110, de 09/06/2016. https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=912015905050 (consultado el 15/10/2026)
- Orden CDS/456/2019, de 17 de abril (procedimiento de reconocimiento de la dependencia). https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1072452243333 (consultado el 15/10/2026)
- Orden CDS/425/2023, de 30 de marzo. BOA núm. 71, de 14/04/2023. https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1271436100303 (consultado el 15/10/2026)
- Orden BSF/22/2025, de 10 de enero. BOA núm. 14, de 22/01/2025. https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1373502360404 (consultado el 15/10/2026)
- Ley 4/2026, de 1 de octubre. BOE-A-2026-20528. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-20528 (consultado el 15/10/2026)
- Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre (texto consolidado, anexos IV y V). https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-13811 (consultado el 15/10/2026)
- Imserso. Estadística mensual del SAAD, situación a 30 de septiembre de 2026 (hoja «9TiempoEspera»: tiempos medios sobre las resoluciones de octubre de 2025 a septiembre de 2026). https://imserso.es/documents/20123/11151734/estsisaad_20260930.xlsx/a91e2644-75da-33a6-b586-8928728f6815 (consultado el 22/10/2026)
- Agencia Tributaria. Manual práctico de Renta 2025, deducciones autonómicas de Aragón: cuidado de personas dependientes. https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2025-deducciones-autonomicas/comunidad-autonoma-aragon/cuidado-personas-dependientes.html (consultado el 15/10/2026)
- Agencia Tributaria. Manual práctico de Renta 2025, deducciones autonómicas de Aragón: mayores de 70 años. https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2025-deducciones-autonomicas/comunidad-autonoma-aragon/mayores-70-anos.html (consultado el 15/10/2026)
- Alimarket. «El precio medio de una plaza en una residencia privada se sitúa en 2.153 € en 2026» (informe de precios de Inforesidencias, dato sectorial privado). https://www.alimarket.es/sanidad/noticia/430822/el-precio-medio-de-una-plaza-en-una-residencia-privada-se-situa-en-2-153---en-2026 (consultado el 15/10/2026)
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