Residencias y dependencia en Extremadura: plazas, precios y ayudas
Cómo pedir la dependencia en Extremadura con el SEPAD, cómo se accede a una plaza pública, cuánto se paga y qué ayudas hay para residencias en 2026.
Actualizado el 22 de octubre de 2026 · 9 min de lectura · Información general, no sustituye el consejo profesional.
Directorio: registros oficiales a 26 de octubre de 2026. Población: INE, Censo Anual de Población a 01/01/2025. Dependencia: Imserso, estadística mensual del SAAD, datos a 30/09/2026 (fuente).
En Extremadura, la dependencia y la red pública de centros para mayores los gestiona el SEPAD, el organismo de la Junta especializado en autonomía personal y dependencia. Una parte importante de las plazas públicas está en residencias municipales que la Junta financia por convenio, y en muchos pueblos hay pisos tutelados. En esta guía te explicamos cómo se pide la valoración, cómo se accede a una plaza, cuánto se paga y qué ayudas hay si optáis por un centro privado. Está actualizada a octubre de 2026 y tiene en cuenta la reforma estatal de la Ley de Dependencia (Ley 4/2026).
Quién se ocupa de la dependencia
- Consejería de Salud y Atención a la Dependencia. Desde 2026 es la consejería de la Junta responsable de la dependencia.
- SEPAD (Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia). Es el organismo que valora, resuelve el grado y el programa de atención, gestiona residencias y centros de día propios y financia plazas en otros centros. Tras la reorganización de 2026, estas tareas las asume su Dirección General de Cuidados y Vida Autónoma. Tiene dos gerencias territoriales, en Badajoz y en Cáceres.
- Ayuntamientos y mancomunidades. Sus servicios sociales de atención social básica ayudan a preparar la solicitud y participan en el programa de atención. También pueden ayudarte las trabajadoras sociales de los centros de salud y de los centros de mayores.
Nombres habituales en la región: pisos tutelados (viviendas para mayores con autonomía, muy frecuentes en municipios pequeños), plazas en convenio (plazas públicas en residencias municipales o privadas financiadas por el SEPAD) y centros de mayores (los antiguos hogares del pensionista, dedicados al ocio y la participación).
Cómo se pide la dependencia, paso a paso
El procedimiento lo regula el Decreto 1/2009, modificado por el Decreto 68/2019 y por el Decreto-ley 2/2026.
- Pide orientación en los servicios sociales de tu ayuntamiento o mancomunidad.
- Presenta la solicitud por internet en la sede electrónica de la Junta, en persona en las oficinas de atención a la ciudadanía o en cualquier registro, o por correo. Se acompaña del informe de salud que rellena el profesional de atención primaria del Servicio Extremeño de Salud. El informe social es opcional y la Junta consulta tus datos de padrón, fiscales y de pensiones, salvo que te opongas. El nuevo formulario permite señalar hasta cuatro residencias o centros de día preferidos.
- Visita de valoración. El SEPAD llama para concertar la cita y un técnico acude al domicilio.
- Primera resolución: el grado.
- Segunda resolución: el Programa Individual de Atención (PIA). El técnico vuelve a contactar con la familia, se eligen los servicios y el SEPAD calcula la prestación y lo que corresponde aportar.
Plazos. El decreto extremeño prevé tres meses para el grado y otros tres para el PIA; la ficha del trámite indica un plazo total de seis meses. Los casos de grado III+ (ELA y procesos asimilados) deben resolverse en dos meses. Desde el 23 de octubre de 2026, la Ley 4/2026 fija con carácter general tres meses para resolver el grado. Según la estadística del Imserso a 30 de septiembre de 2026, en Extremadura la resolución del grado tardó de media 155 días y la de la prestación 277 días desde la solicitud (220 y 293 días de media en España).
Si no estás de acuerdo con una resolución, en ella se indica cómo recurrir. Más información en cómo solicitar la Ley de Dependencia.
Plaza pública o concertada en residencia
La atención residencial y las estancias temporales en residencia están en el catálogo de servicios para las personas con grado II o III. Las plazas públicas pueden estar en residencias del propio SEPAD, en residencias municipales con plazas en convenio o en centros concertados. Para residencias y centros de día de mayores, la Junta pide además, con carácter general, llevar dos años viviendo en Extremadura y tener 65 años (60 si se es pensionista).
Mientras llega la plaza pública, se puede cobrar la prestación vinculada en una residencia privada acreditada de Extremadura; se extingue cuando se ocupa la plaza pública. Cómo se ordena la lista de espera en cada caso te lo explicarán los servicios sociales o el SEPAD.
Estancias temporales y respiro familiar
- Estancias temporales en residencia. El catálogo las contempla para convalecencias, vacaciones o fines de semana de la familia y descanso de la persona cuidadora.
- Programa de respiro familiar 2026. Lo gestionan los ayuntamientos de más de 4.000 habitantes y las mancomunidades con financiación de la Junta. Incluye horas de acompañamiento en casa (hasta 65 al año) y estancias temporales en centros acreditados de hasta 10 días al año. Va dirigido a quienes cuidan de una persona con dependencia reconocida y discapacidad, o con una discapacidad del 75 % o más, siempre que no tenga plaza residencial pública ni prestación vinculada a residencia. Lo proponen los servicios sociales de atención básica.
Más ideas en estancias temporales y respiro familiar y qué es un centro de día.
Cuánto se paga en una plaza pública
Para calcular la capacidad económica, la Orden de 7 de febrero de 2013 suma la renta y un porcentaje del patrimonio neto (el 5 % a partir de los 65 años), y la aportación es progresiva hasta un máximo del 90 % del coste de referencia del servicio. La norma extremeña computaba la vivienda habitual en algunos ingresos en residencia, pero la Ley 4/2026 la excluye en todo el país; si tienes dudas, consúltalo con el SEPAD.
En las residencias de mayores de la Junta, las tarifas oficiales publicadas en el DOE en mayo de 2025 fijan un precio público de 770,30 € al mes como máximo. La persona paga el 75 % de sus ingresos si superan el salario mínimo, o el 65 % si no lo superan, y siempre conserva al menos 90,15 € al mes para gastos personales (180,30 € en un matrimonio en el que solo uno tiene ingresos). Las plazas sociosanitarias tienen otra tarifa, y las residencias municipales aplican su propia ordenanza. Como cada tipo de plaza puede tener reglas distintas, confirma con el SEPAD o con el centro qué tarifa se aplica en tu caso. Si quieres comparar con una plaza privada, consulta la guía de precios de residencias.
Si eliges residencia privada: la prestación vinculada
En Extremadura la prestación económica vinculada al servicio tiene mucho peso: según la estadística del Imserso, a 30 de septiembre de 2026 era el 43 % de todas las prestaciones de dependencia de la región, frente a menos del 10 % de media en España.
- Se reconoce cuando no hay plaza pública o concertada disponible y el servicio figura en el PIA. El centro debe estar acreditado, y en el contrato tiene que constar la tarifa visada por el SEPAD (las residencias comunican sus precios cada año). La residencia te lo confirmará.
- Cálculo para residencia: se toma como coste del servicio el precio del contrato, con un mínimo de 1.100 € y un máximo de 1.600 € al mes; se suma una cantidad para gastos personales (el 19 % del IPREM) y se resta la capacidad económica. Si esa capacidad no supera el IPREM, se cobra el máximo estatal.
- Máximos estatales: 747,25 € al mes en residencia para los grados II y III.
Según el Imserso, a 30 de septiembre de 2026 la prestación vinculada a residencia en Extremadura era de media unos 386 € al mes en grado II y 450 € en grado III. Más detalles en plaza pública, concertada o privada.
Deducciones en el IRPF de Extremadura
Según el Manual práctico de la Renta 2025 de la Agencia Tributaria, la deducción más útil es la de cuidado de familiares con discapacidad: 150 € por cada ascendiente o descendiente con una discapacidad de al menos el 65 %, o 220 € si ya tiene reconocido el derecho a una ayuda de dependencia pero a 31 de diciembre todavía no la cobraba. Requisitos principales:
- Convivir con el familiar de forma ininterrumpida al menos la mitad del año, acreditado por los servicios sociales.
- Que el familiar no tenga rentas superiores al doble del IPREM.
- Que la base imponible no pase de 19.000 € (24.000 € en conjunta), o de 28.000 € y 45.000 € si vives en un municipio de menos de 3.000 habitantes.
Hay además deducciones específicas para personas con ELA y sus familiares y para contribuyentes viudos. Revisa los requisitos completos antes de aplicarlas.
Otros apoyos útiles
- Teleasistencia: una vez reconocida la dependencia, se pide en los servicios sociales del ayuntamiento o en el SEPAD.
- Ayuda a domicilio: se organiza a través de los servicios sociales municipales según el programa de atención.
- Atención al deterioro cognitivo: el SEPAD tiene un plan específico (PIDEX) y centros de día con plazas para personas con demencia.
- Pisos tutelados: una opción cercana en muchos pueblos para mayores que se valen bien pero no quieren vivir solos.
Teléfonos y webs oficiales
- 900 222 012, atención a la ciudadanía de la Junta: de lunes a viernes de 8:30 a 14:30 y de 16 a 18 h (del 16 de junio al 15 de septiembre, solo por la mañana).
- Información del SEPAD en Badajoz: 924 939 330 / 924 010 130.
- Información del SEPAD en Cáceres: 927 004 313.
- Tengo un familiar dependiente (Junta de Extremadura): https://www.juntaex.es/hechos-vitales/tengo-un-familiar-dependiente
- Ficha del trámite de reconocimiento: https://www.juntaex.es/w/3977
- Directorio de centros para mayores del SEPAD: https://saludextremadura.ses.es/sepad/directorio?centro=MAYORES
- Preguntas frecuentes sobre dependencia: https://saludextremadura.ses.es/sepad/preguntas-frecuentes-atencion-a-la-dependencia
Las residencias también te pueden orientar
Las residencias, los pisos tutelados y los centros de día de tu zona conocen bien estos trámites y suelen ayudar a las familias: si tienen plazas en convenio o temporales, si están acreditados para la prestación vinculada o qué papeles preparar. Puedes empezar por nuestro buscador y llevar a la visita nuestra checklist.
Información general, no asesoramiento personalizado. Las normas y cuantías pueden cambiar, sobre todo con la adaptación a la Ley 4/2026: confirma tu caso con los servicios sociales de tu ayuntamiento o con el SEPAD.
Fuentes
- Junta de Extremadura. Tengo un familiar dependiente. https://www.juntaex.es/hechos-vitales/tengo-un-familiar-dependiente (consultado el 15/10/2026)
- Junta de Extremadura. Ficha del trámite de reconocimiento de la situación de dependencia. https://www.juntaex.es/w/3977 (consultado el 15/10/2026)
- Junta de Extremadura. Infografía del proceso de valoración de la dependencia. https://www.juntaex.es/documents/77055/1037303/Infograf%C3%ADa+Proceso+Valoraci%C3%B3n+de+Dependencia.pdf/70daa4d6-de18-d3d1-3012-5ff835188c22 (consultado el 15/10/2026)
- Decreto 1/2009, de 9 de enero, de procedimiento de dependencia en Extremadura (texto consolidado sin valor jurídico). DOE. https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2009/90o/09040001C.pdf (consultado el 15/10/2026)
- Decreto-ley 2/2026, de 19 de mayo (Extremadura). BOE-A-2026-14565. https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/06/pdfs/BOE-A-2026-14565.pdf (consultado el 15/10/2026)
- Decreto 109/2026, de 26 de mayo, de estructura de la Consejería de Salud y Atención a la Dependencia. DOE n.º 105, de 03-06-2026. https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1050o/26040132.pdf (consultado el 15/10/2026)
- Orden de 30 de noviembre de 2012, catálogo de servicios y prestaciones de dependencia en Extremadura. DOE n.º 235, de 05-12-2012. https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2012/2350o/12050219.pdf (consultado el 15/10/2026)
- Orden de 7 de febrero de 2013, de capacidad económica y participación. DOE n.º 37, de 22-02-2013. https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2013/370o/13050034.pdf (consultado el 15/10/2026)
- Resolución de 5 de mayo de 2025, de tarifas de tasas y precios públicos de la Junta de Extremadura. DOE n.º 95, de 20-05-2025. https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/950o/25061844.pdf (consultado el 15/10/2026)
- Acuerdo de 17 de marzo de 2026, programa de respiro familiar. DOE n.º 61, de 30-03-2026. https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/610o/26060688.pdf (consultado el 15/10/2026)
- SEPAD. Preguntas frecuentes sobre atención a la dependencia. https://saludextremadura.ses.es/sepad/preguntas-frecuentes-atencion-a-la-dependencia (consultado el 15/10/2026)
- SEPAD. Gerencias territoriales de Badajoz y Cáceres. https://saludextremadura.ses.es/sepad/badajoz y https://saludextremadura.ses.es/sepad/caceres (consultado el 15/10/2026)
- Junta de Extremadura. Teléfono de atención a la ciudadanía. https://www.juntaex.es/tuatencion/telefono (consultado el 15/10/2026)
- Imserso. Estadística mensual del SAAD, situación a 30 de septiembre de 2026. https://imserso.es/documents/20123/11151734/estsisaad_20260930.xlsx/a91e2644-75da-33a6-b586-8928728f6815 (consultado el 22/10/2026)
- Ley 4/2026, de 1 de octubre. BOE núm. 246, de 3-10-2026. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-20528 (consultado el 15/10/2026)
- Agencia Tributaria. Manual práctico IRPF 2025, deducción por cuidado de familiares con discapacidad (Extremadura). https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2025-deducciones-autonomicas/comunidad-autonoma-extremadura/cuidado-familiares-discapacidad.html (consultado el 15/10/2026)
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