Residencias y dependencia en Galicia: plaza pública, precios y ayudas
Cómo pedir la dependencia en Galicia, cómo asigna la Xunta las plazas en residencia, cuánto se paga y qué cubren la prestación vinculada y los bonos coidado.
Actualizado el 22 de octubre de 2026 · 9 min de lectura · Información general, no sustituye el consejo profesional.
Directorio: registros oficiales a 26 de octubre de 2026. Población: INE, Censo Anual de Población a 01/01/2025. Dependencia: Imserso, estadística mensual del SAAD, datos a 30/09/2026 (fuente).
En Galicia, la valoración de la dependencia y el acceso a las plazas públicas en residencias y centros de día los gestiona la Xunta, mientras que los concellos son el apoyo más cercano para las familias. En esta guía te contamos cómo se pide la dependencia (con un procedimiento único que resuelve a la vez el grado y los servicios), cómo se asignan las plazas, cuánto se paga y qué ayudas propias existen, como el «bono coidado». Está actualizada a octubre de 2026 y tiene en cuenta la reforma estatal de la Ley de Dependencia (Ley 4/2026).
Quién se ocupa de la dependencia
- Consellería de Política Social e Igualdade. A través de la Dirección Xeral de Maiores e Atención Sociosanitaria y de su área de valoración, reconoce la dependencia y asigna los servicios.
- Departamentos territoriais de A Coruña, Lugo, Ourense y Vigo. Cada uno tiene un Servizo de Dependencia que tramita los expedientes y atiende a las familias.
- Consorcio Galego de Servizos de Igualdade e Benestar. Gestiona muchos centros públicos y programas como Xantar na casa.
- Concellos. Sus servizos sociais comunitarios orientan a las familias, pueden presentar la solicitud en nombre de la persona y gestionan el servizo de axuda no fogar (SAF, la ayuda a domicilio).
Algunos términos que verás en Galicia: miniresidencia y fogar residencial (residencias de pequeño tamaño), vivenda comunitaria (hogares pequeños para mayores, muy presentes en el rural), casa do maior, libranza (prestación económica) y PAR (Programa de Asignación de Recursos).
Cómo se pide la dependencia, paso a paso
Desde noviembre de 2023 rige el Decreto 142/2023, de 21 de septiembre, que creó un procedimiento único: una sola resolución reconoce el grado y aprueba el Programa Individual de Atención (PIA).
- Habla con los servicios sociales de tu concello. Te orientan y, si lo autorizas, su trabajadora social puede presentar la solicitud por ti.
- Presenta la solicitud (trámite BS210A). Sirve a la vez para dependencia y discapacidad. Se puede hacer en la sede electrónica de la Xunta (con certificado o Chave365) o en cualquier registro oficial, incluido el del concello.
- Documentación. Basta con el formulario y, si procede, la representación y los anexos. La Xunta consulta por su cuenta el documento de identidad, el padrón, la historia clínica del Sergas y los datos fiscales y de pensiones. Desde 2025, el informe de salud puede llegar de forma electrónica desde el Sergas y las personas de más de 80 años tienen una vía preferente.
- Valoración. Un equipo técnico aplica el baremo en el entorno habitual de la persona.
- Resolución única con el grado y los servicios o prestaciones.
El expediente se puede seguir en el área privada «A miña sede» de la sede electrónica.
Plazos. El decreto gallego fija seis meses para resolver. Si se superan sin respuesta, la prestación económica que se reconozca después tiene efectos desde que se cumplió ese plazo. Desde el 23 de octubre de 2026, la Ley 4/2026 establece con carácter general tres meses para resolver el grado, así que pregunta cómo se está aplicando. Según la estadística del Imserso a 30 de septiembre de 2026, en Galicia pasaron de media 307 días desde la solicitud hasta la resolución de la prestación (293 días de media en España).
Casos urgentes. Las situaciones de emergencia social (desamparo, malos tratos o riesgo grave e inminente) se tramitan con prioridad. Si no estás de acuerdo con la resolución, en ella se indica cómo recurrir. Más información en cómo solicitar la Ley de Dependencia.
Plaza pública o concertada: el Programa de Asignación de Recursos
Las plazas públicas en residencias y centros de día, la teleasistencia y la ayuda a domicilio se asignan mediante el PAR. Los criterios, por este orden, son:
- Mayor grado de dependencia.
- Menor capacidad económica.
- Situación sociofamiliar.
- No recibir otra prestación del sistema.
- Fecha de solicitud.
- Edad.
Puedes indicar los centros que prefieres, y las listas son públicas (se puede pedir un certificado de la posición). Una ventaja importante: rechazar la plaza residencial asignada no te saca del PAR, salvo que lo pidas expresamente.
Estancias temporales y respiro
- Estancias temporales en residencia (trámite BS605A). Hasta dos meses al año, que se pueden repartir por semanas o quincenas. Están pensadas para cuando la persona cuidadora enferma, tiene un accidente o una operación, para convalecencias de quien vive solo o para que la familia descanse. No hace falta tener el grado reconocido y se piden con un mes de antelación (salvo urgencias), con informe de salud e informe social.
- Respiro con la prestación de cuidados en el entorno. Es compatible con estancias temporales en residencia de hasta 45 días al año.
- Casas do maior. En concellos sin centro de día, ofrecen atención diurna gratuita a mayores de 60 años sin dependencia o con grado I, en grupos de cinco personas; la comida se paga aparte. Se piden en los servicios sociales del concello.
Más ideas en estancias temporales y respiro familiar y qué es un centro de día.
Cuánto se paga en una plaza pública
La participación económica se regula en el Decreto 149/2013, de 5 de septiembre. La capacidad económica suma la renta y un porcentaje del patrimonio neto (el 5 % a partir de los 65 años). La normativa gallega incluía la vivienda habitual en algunos casos de ingreso en residencia, pero la Ley 4/2026 la excluye en todo el país; si tienes dudas, consúltalo con servicios sociales.
En residencia, la persona aporta un porcentaje de su capacidad económica que sube con los ingresos y con el grado: va del 70 % (grado I y rentas de hasta el 75 % del IPREM) hasta el 90 % para las rentas más altas. A cambio, siempre conserva para gastos personales el 24 % de sus ingresos líquidos, con un mínimo garantizado del 19 % del IPREM (114 € al mes en 2026), que se incrementa si hay discapacidad. La aportación nunca supera el 90 % del coste de referencia del servicio.
En centro de día, el porcentaje es bastante menor, y la comida y el transporte, si se usan, se pagan aparte según la misma escala. La teleasistencia y la ayuda a domicilio son gratuitas para quien tiene una capacidad económica inferior al IPREM. Si quieres comparar con una plaza privada, consulta la guía de precios de residencias.
Si eliges residencia privada: prestación vinculada y bonos coidado
En Galicia, la prestación vinculada al servicio se llama libranza vinculada ao servizo y sirve para pagar una residencia o un centro de día privados cuando no hay plaza pública. El centro debe estar acreditado; la residencia te lo confirmará.
- Las cuantías máximas son las estatales: 747,25 € al mes en residencia para los grados II y III y 313,50 € en grado I.
- Desde diciembre de 2023, la Xunta añade 100 € al mes a la libranza vinculada a residencia, para todos los grados y sea cual sea la renta. En su web lo presenta como «bono coidado en residencia» (1.200 € al año). Se reconoce dentro del PIA, así que no hay que pedirlo aparte.
- Para quien es cuidado en casa por su familia existe el «bono coidado no fogar», que garantiza un mínimo de 416,66 € al mes en la prestación de cuidados en el entorno familiar.
Según el Imserso, a 30 de septiembre de 2026 la prestación vinculada a residencia en Galicia era de media unos 404 € al mes en grado II y 415 € en grado III. Más detalles en plaza pública, concertada o privada.
Deducciones en el IRPF de Galicia
Según el Manual práctico de la Renta 2025 de la Agencia Tributaria, Galicia tiene una deducción pensada para mayores: por contribuyentes de 65 años o más con discapacidad de al menos el 65 % que necesitan ayuda de terceras personas. Permite deducir el 10 % de lo pagado a quien les presta esa ayuda, con un máximo de 600 €. La dependencia severa o la gran dependencia reconocidas cuentan como ese grado de discapacidad. Hace falta que la base imponible, descontados los mínimos personales y familiares, no pase de 22.000 € (31.000 € en conjunta) y que la persona no ocupe una plaza pública o concertada de residencia en Galicia. Revisa los requisitos completos antes de aplicarla.
Otros apoyos útiles
- Teleasistencia: forma parte del catálogo de dependencia y es compatible con todo salvo la residencia.
- Servizo de axuda no fogar: ayuda a domicilio gestionada por los concellos según el orden del PAR.
- Xantar na casa: menús a domicilio para la semana; las personas beneficiarias las proponen los servicios sociales municipales de los concellos adheridos.
- Programa de respiro para personas cuidadoras: la Xunta convoca cada año ayudas para descansos en casa, en centro de día o en residencia. La convocatoria de 2026 cerró el 15 de octubre, así que conviene estar atentos a la siguiente.
Teléfonos y webs oficiales
- 012 (desde fuera de Galicia, 981 900 643), de lunes a viernes de 8 a 20 h.
- Servizos de Dependencia de los departamentos territoriais:
| Departamento territorial | Teléfono |
|---|---|
| A Coruña | 881 881 504 |
| Lugo | 982 294 427 |
| Ourense | 988 386 199 |
| Vigo | 986 817 805 / 986 817 824 |
- Solicitud de dependencia (BS210A): https://sede.xunta.gal/detalle-procedemento?codtram=BS210A
- Información sobre dependencia: https://politicasocial.xunta.gal/gl/areas/maiores-e-dependencia/que-e-dependencia
- Bonos para personas con dependencia: https://politicasocial.xunta.gal/gl/areas/maiores-e-dependencia/bonos-para-persoas-con-dependencia
- Buscador de centros del registro RUEPSS: https://ruepss.xunta.gal/XiacWeb/aCentros.do
Las residencias también te pueden orientar
Las residencias, miniresidencias y centros de día de tu zona conocen bien estos trámites y suelen ayudar a las familias: si están acreditados para la libranza, si tienen plazas públicas o temporales, o qué papeles preparar. Puedes empezar por nuestro buscador y llevar a la visita nuestra checklist.
Información general, no asesoramiento personalizado. Las normas y cuantías pueden cambiar, sobre todo con la adaptación a la Ley 4/2026: confirma tu caso con los servicios sociales de tu concello o con el Servizo de Dependencia de tu provincia.
Fuentes
- Decreto 142/2023, de 21 de septiembre, de procedimiento de dependencia en Galicia. DOG n.º 212, de 08-11-2023. https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2023/20231108/AnuncioG0657-301023-0005_es.html (consultado el 15/10/2026)
- Xunta de Galicia. Procedimiento BS210A, solicitud de dependencia y discapacidad. https://sede.xunta.gal/detalle-procedemento?codtram=BS210A&ano=2025&numpub=1&lang=gl (consultado el 15/10/2026)
- Xunta de Galicia. Procedimiento BS605A, estancias temporales. https://sede.xunta.gal/detalle-procedemento?langId=es_ES&codtram=BS605A (consultado el 15/10/2026)
- Decreto 149/2013, de 5 de septiembre, cartera de servicios y participación económica. DOG n.º 182, de 24-09-2013. https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2013/20130924/AnuncioCA05-120913-0001_es.html (consultado el 15/10/2026)
- Orden de 30 de noviembre de 2023 sobre prestaciones del sistema de dependencia en Galicia. DOG n.º 229, de 01-12-2023. https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2023/20231201/AnuncioG0657-271123-0012_es.html (consultado el 15/10/2026)
- Xunta de Galicia. Bono coidado en residencia. https://politicasocial.xunta.gal/gl/areas/maiores-e-dependencia/bonos-para-persoas-con-dependencia/bono-coidado-en-residencia (consultado el 15/10/2026)
- Xunta de Galicia. Bono coidado no fogar. https://politicasocial.xunta.gal/gl/areas/maiores-e-dependencia/bonos-para-persoas-con-dependencia/bono-coidado-no-fogar (consultado el 15/10/2026)
- Xunta de Galicia. Casas do maior. https://politicasocial.xunta.gal/gl/areas/maiores-e-dependencia/casas-do-maior (consultado el 15/10/2026)
- Xunta de Galicia. Plan para agilizar el acceso a la dependencia y la discapacidad (nota de 01-01-2025). https://www.xunta.gal/es/notas-de-prensa/-/nova/008634/entra-vigor-plan-xunta-para-agilizar-simplificar-acceso-dependencia-discapacidad (consultado el 15/10/2026)
- Xunta de Galicia. Orden de respiro familiar para personas cuidadoras (BS614B), DOG n.º 150, de 11-08-2026. https://politicasocial.xunta.gal/sites/default/files/arquivos/axudas/anunciog0762-040826-0001_es.pdf (consultado el 15/10/2026)
- Xunta de Galicia. Canal telefónico 012. https://012.xunta.gal/canle-de-atencion/canle-telefonica (consultado el 15/10/2026)
- Ley 4/2026, de 1 de octubre. BOE núm. 246, de 3-10-2026. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-20528 (consultado el 15/10/2026)
- Imserso. Estadística mensual del SAAD, situación a 30 de septiembre de 2026. https://imserso.es/documents/20123/11151734/estsisaad_20260930.xlsx/a91e2644-75da-33a6-b586-8928728f6815 (consultado el 22/10/2026)
- Agencia Tributaria. Manual práctico IRPF 2025, deducción por contribuyentes con discapacidad de 65 o más años que precisen ayuda de terceros (Galicia). https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2025-deducciones-autonomicas/comunidad-autonoma-galicia/contribuyentes-discapacidad-edad-igual-superior-anos.html (consultado el 15/10/2026)
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