Teleasistencia y ayuda a domicilio: cómo pedirlas y cuánto cuestan
Teleasistencia y ayuda a domicilio para mayores: cómo se piden, horas por grado de dependencia, copago y qué cambia con la Ley 4/2026 para seguir en casa.
Actualizado el 15 de octubre de 2026 · 9 min de lectura · Información general, no sustituye el consejo profesional.
La mayoría de las personas mayores quiere seguir viviendo en su casa, y muchas pueden hacerlo durante años con los apoyos adecuados. Los dos más extendidos son la teleasistencia y el servicio de ayuda a domicilio (SAD): según los datos del Imserso a 30 de junio de 2026, representaban el 26,96 % y el 16,36 % de todas las prestaciones de dependencia en España. En esta guía te explicamos qué ofrece cada uno, cómo se piden, cuánto se paga y qué cambia con la Ley 4/2026.
Dos servicios que se complementan
| Teleasistencia | Ayuda a domicilio | |
|---|---|---|
| Qué es | Un dispositivo conectado a una central que atiende las 24 horas | Profesionales que acuden a casa a ayudar en el día a día |
| Para quién | Personas que pasan tiempo solas o con riesgo de caídas | Personas que necesitan ayuda para asearse, vestirse, comer o mantener la casa |
| Vía pública | Ley de Dependencia o programas municipales | Ley de Dependencia o SAD municipal |
| Coste | Copago según la capacidad económica | Copago según la capacidad económica y las horas |
Teleasistencia: qué es y qué incluye
La versión clásica es un pulsador (colgante o pulsera) que, al apretarlo, comunica con una central donde un equipo atiende la llamada, habla con la persona y moviliza el recurso adecuado en cada caso, desde un familiar hasta los servicios de emergencia. Según los criterios comunes de calidad aprobados en 2022, el servicio debe funcionar 24 horas al día, los 365 días del año, con un plan personalizado y con pulsadores fáciles de identificar y adaptados a cada persona.
También puede incluir apoyos tecnológicos como detectores de caídas, sensores de actividad o de apertura de puertas, dispensadores de medicación y dispositivos con geolocalización para cuando la persona sale de casa. La Ley 4/2026 describe la teleasistencia como un servicio de apoyo continuo y personalizado que puede usar domótica, inteligencia artificial o robótica, que debe prevenir y atender emergencias y también situaciones de soledad y aislamiento, y que debe garantizarse especialmente en las zonas rurales.
Un derecho con la Ley 4/2026
Desde el 23 de octubre de 2026, las personas con grado de dependencia reconocido tienen derecho a la teleasistencia con independencia del resto de prestaciones, como servicio complementario en cualquier grado. Si tu familiar ya tiene grado y no la tiene, puedes pedir que se incluya en su Programa Individual de Atención (PIA).
Sin grado de dependencia, muchos ayuntamientos y diputaciones ofrecen teleasistencia a personas mayores que viven solas, con requisitos propios. Tu centro de servicios sociales te dirá qué programa existe en tu municipio.
Ayuda a domicilio: qué incluye
El SAD combina dos tipos de tareas:
- Atención personal: ayuda con el aseo, el vestido, la comida, la movilidad y otras actividades de la vida diaria.
- Tareas domésticas: limpieza, lavado o cocina. Con carácter general solo se prestan junto con la atención personal, salvo que el PIA justifique lo contrario.
Con la Ley 4/2026, el servicio puede prestarse también en el entorno comunitario cercano a la vivienda y organizarse de forma conjunta para varias personas que lo pidan si viven en la misma casa, en viviendas próximas o en un mismo complejo.
Los criterios comunes de calidad prevén que cada persona tenga un plan personal de atención y de apoyos adaptado a sus horarios y rutinas, que el trabajo se organice en pequeños equipos de proximidad y que la persona coordinadora visite el domicilio al menos una vez al año en el grado I, y con más frecuencia en los grados II y III.
Dos puertas de entrada
- SAD de dependencia: se asigna en el PIA a quien tiene grado reconocido, con unas horas mínimas según el grado.
- SAD municipal: los ayuntamientos lo ofrecen a personas sin grado o mientras se resuelve la dependencia, según sus propias normas.
Horas según el grado
| Grado | Horas al mes según la norma estatal | Media real en España (junio de 2026) |
|---|---|---|
| Grado I | De 20 a 37 | 20,8 |
| Grado II | De 38 a 64 | 44,6 |
| Grado III | De 65 a 94 | 67,2 |
Para hacerte una idea, 20 horas al mes son unas 4 o 5 horas a la semana, y 65 horas, unas 15. Las comunidades autónomas pueden fijar intensidades superiores. El PIA debe distinguir las horas de atención personal de las de tareas domésticas.
Cuánto cuestan: el copago
En los servicios públicos no pagas el coste completo, sino una aportación según tu capacidad económica (renta y patrimonio). La regulan las comunidades autónomas, y la Ley 4/2026 fija algunas garantías: la capacidad económica es personal, no se computa la vivienda habitual, debe existir un mínimo exento y la aportación no puede ser tan alta que lleve a renunciar a los cuidados. Además, nadie puede quedar fuera por falta de recursos.
Como referencia, los criterios comunes que acordó el Consejo Territorial en 2012 establecen:
- Teleasistencia: gratuita si la capacidad económica mensual es inferior al IPREM; el 50 % del coste entre 1 y 1,5 veces el IPREM; y el 90 % por encima. Con el IPREM de 2026 (600 € al mes), los umbrales son 600 € y 900 €.
- Ayuda a domicilio: una fórmula que tiene en cuenta el coste de la hora, las horas asignadas y la capacidad económica, con una aportación mínima de 20 € al mes.
Cada comunidad concreta estas reglas y puede fijar una participación mayor, así que pide en servicios sociales una estimación para tu caso. Para hacerte una idea del coste real de una hora, en Andalucía el coste máximo que financia la Junta es de 16,63 € por hora desde el 1 de enero de 2025; la persona usuaria solo abona su copago.
Si optas por un servicio privado (una empresa o una cuidadora contratada), pagas el precio completo. Con grado reconocido y sin servicio público disponible, puedes recibir la prestación vinculada al servicio de ayuda a domicilio, con un máximo de 747,25 € (grado III), 445,30 € (grado II) o 313,50 € (grado I) al mes, siempre que la empresa esté acreditada. Si te planteas contratar directamente, consulta la guía de cuidadora interna o externa y la calculadora de costes.
Cómo se piden, paso a paso
- Pide cita con la trabajadora social de tu centro de servicios sociales municipal. Es la puerta de entrada para ambos servicios.
- Si no hay grado de dependencia, solicítalo (te lo explicamos en cómo solicitar la Ley de Dependencia). Mientras tanto, pregunta por el SAD y la teleasistencia municipales. La Ley 4/2026 prevé que los expedientes de personas en situación de especial vulnerabilidad se tramiten de urgencia.
- Participa en el PIA. Cuenta cómo es un día normal, qué horarios prefiere tu familiar y qué tareas necesita. La ley pide que los servicios se ajusten a su voluntad y preferencias.
- Inicio del servicio. La entidad prestadora instalará el dispositivo o acordará con vosotros el plan y los horarios.
- Si cambian las necesidades, pide la revisión del PIA o del grado.
Compatibilidad con el centro de día y otras prestaciones
Hasta el 22 de octubre de 2026, el reglamento estatal hacía los servicios incompatibles entre sí, con excepciones: la teleasistencia era compatible con la ayuda a domicilio y con el centro de día, y las administraciones podían permitir combinar, por ejemplo, ayuda a domicilio y centro de día.
Desde el 23 de octubre de 2026, la Ley 4/2026 suprime el régimen estatal de incompatibilidades para que el PIA pueda combinar servicios y prestaciones dentro de las intensidades de cada grado. Sin embargo, se mantienen las reglas que ya tenga tu comunidad autónoma, que tiene hasta el 1 de enero de 2030 para garantizar que todas las prestaciones de base domiciliaria sean compatibles. Así que, si te interesa combinar ayuda a domicilio por la mañana y centro de día, pregunta qué permite hoy tu comunidad.
Cuándo plantearse algo más
Si las necesidades crecen (supervisión por la noche, varias caídas, una persona cuidadora agotada), puede ser el momento de sumar otros apoyos: un centro de día, una estancia temporal, una vivienda con apoyos o una residencia. Para valorar el coste, consulta cuánto cuesta una residencia y, cuando quieras comparar centros, usa el buscador.
Resumen rápido
- La teleasistencia atiende las 24 horas y, desde el 23/10/2026, es un derecho para todas las personas con grado de dependencia.
- La ayuda a domicilio va de 20 a 94 horas al mes según el grado y combina atención personal y tareas domésticas.
- Se piden en los servicios sociales municipales; sin grado, pregunta por los programas del ayuntamiento.
- El copago depende de la capacidad económica y lo regula cada comunidad; la vivienda habitual ya no computa.
- Con la Ley 4/2026 desaparecen las incompatibilidades estatales, pero tu comunidad puede mantener las suyas hasta 2030.
Esta guía ofrece información general. Las horas, el copago y los requisitos dependen de tu comunidad autónoma y de tu ayuntamiento: confírmalos con tus servicios sociales.
Fuentes
- Ley 4/2026, de 1 de octubre (arts. 14, 22, 23, 28, 32 bis y 33 de la Ley 39/2006 en su nueva redacción y disposición adicional vigesimoprimera). BOE núm. 246, de 3 de octubre de 2026. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-20528 (consultado el 15/10/2026)
- Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (texto consolidado). BOE. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-21990 (consultado el 15/10/2026)
- Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del SAAD (texto consolidado; arts. 7, 8 y 16 y anexos II y IV). BOE. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-13811 (consultado el 15/10/2026)
- Resolución de 13 de julio de 2012, Acuerdo del Consejo Territorial para la mejora del SAAD (apartados 6 y 8, participación en el coste). BOE-A-2012-10468. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2012-10468 (consultado el 15/10/2026)
- Resolución de 28 de julio de 2022, Acuerdo sobre criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del SAAD (títulos VI y VII). BOE-A-2022-13580. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-13580 (consultado el 15/10/2026)
- Instituto de Estadística de Extremadura. Dependencia, situación a 30 de junio de 2026 (datos de España con fuente Imserso-SISAAD). https://www.juntaex.es/documents/77055/46718143/Dependencia_EX20260630.pdf/3c07ce09-fa19-2d46-d8fb-ed0088f8c18c (consultado el 15/10/2026)
- Resolución de 8 de julio de 2025, de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se actualiza el coste/hora máximo del servicio de ayuda a domicilio. BOJA núm. 136, de 17 de julio de 2025. https://www.juntadeandalucia.es/sites/default/files/2025-07/12.%20Actualizacion%20coste%20hora%20servicio%20ayuda%20a%20domicilio_0.pdf (consultado el 15/10/2026)
- Ley 31/2022, de Presupuestos Generales del Estado para 2023, disposición adicional nonagésima (IPREM de 600 €/mes, cuantía que sigue aplicándose en 2026 por la prórroga presupuestaria). BOE. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-22128 (consultado el 15/10/2026)
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