Dependencia y trámites

Grados de dependencia 1, 2 y 3: qué significan y qué ayudas dan

Qué significa cada grado de dependencia, cuántos puntos del baremo exige, qué servicios y horas da, cuánto se puede cobrar y cuántas personas hay en cada uno.

Publicado el 22 de octubre de 2026 · 5 min de lectura · Información general, no sustituye el consejo profesional.

La Ley de Dependencia distingue tres grados según cuánta ayuda de otra persona se necesita: grado I (dependencia moderada), si hace falta ayuda al menos una vez al día; grado II (severa), dos o tres veces al día; y grado III (gran dependencia), varias veces al día y con el apoyo indispensable y continuo de otra persona. Se asignan con el baremo oficial: de 25 a 49 puntos, grado I; de 50 a 74, grado II; y de 75 a 100, grado III. Cada grado da acceso a unos servicios, unas horas y unas cuantías máximas distintas.

A menudo se habla de grado 1, 2 y 3; en la ley verás los números romanos I, II y III.

Qué significa cada grado

GradoDefinición legal (resumen)Puntos del baremo
Sin gradoNo alcanza el mínimo0 a 24
Grado I, moderadaAyuda para varias actividades de la vida diaria al menos una vez al día, o necesidad de apoyo intermitente o limitado25 a 49
Grado II, severaAyuda dos o tres veces al día, sin necesitar el apoyo permanente de una persona cuidadora, o necesidad de apoyo extenso50 a 74
Grado III, gran dependenciaAyuda varias veces al día y, por la pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, apoyo indispensable y continuo de otra persona, o necesidad de apoyo generalizado75 a 100

Además existe el grado III+ de dependencia extrema, para personas con grado III que tienen ELA en fase avanzada u otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible, según los criterios reglamentarios. Da acceso a una prestación vinculada destinada solo a ayuda a domicilio o a la prestación de asistencia personal, con cuantías específicas.

Cómo se obtiene la puntuación

La valoración la hace personal de tu comunidad autónoma con el Baremo de Valoración de la Dependencia (BVD) del Real Decreto 174/2011, a partir de los informes de salud, la observación y una entrevista, normalmente en casa. Valora once actividades: comer y beber, higiene relacionada con la micción y la defecación, lavarse, otros cuidados corporales, vestirse, mantenimiento de la salud, cambiar y mantener la posición del cuerpo, desplazarse dentro y fuera del hogar, tareas domésticas y tomar decisiones.

Algunas claves del propio baremo:

  • Si hay problemas cognitivos o de comunicación, la entrevista debe completarse con alguien que conozca bien la situación.
  • Si la enfermedad cursa por brotes, se valora la situación basal, según su frecuencia, duración y gravedad.
  • Con la reforma de la Ley 4/2026 se consideran también los productos sanitarios, órtesis, prótesis y ayudas técnicas cuya prescripción sea adecuada para cada caso.

La ley da al Gobierno un año, desde el 23 de octubre de 2026, para aprobar un baremo nuevo. Para hacerte una idea antes de la visita, puedes usar nuestro test de nivel de apoyo, que es orientativo y no equivale a ningún grado.

Qué servicios corresponden a cada grado

ServicioGrado IGrado IIGrado III
TeleasistenciaSíSíSí
Ayuda a domicilioDe 20 a 37 h/mesDe 38 a 64 h/mesDe 65 a 94 h/mes
Centro de día o de nocheSí (centro de día: mínimo 15 h/semana)SíSí
Atención residencialNoSíSí
Prestaciones económicasSíSíSí

Las horas de ayuda a domicilio son las de la norma estatal, y las administraciones pueden fijar intensidades superiores. Desde el 23 de octubre de 2026, la teleasistencia es un derecho en cualquier grado, complementario del resto del PIA. En todos los grados hay también servicios de prevención y de promoción de la autonomía. Si dudáis entre recursos, te ayudará centro de día o residencia: cómo decidir.

Cuánto se puede cobrar en cada grado

Cuantías máximas mensuales de las prestaciones económicas (Real Decreto 1051/2013, anexo IV, vigente):

GradoCuidados en el entorno familiarVinculada al servicioAsistencia personal
Grado III455,40 €747,25 €747,25 €
Grado II315,90 €445,30 € (747,25 € si es para residencia)747,25 €
Grado I180,00 €313,50 € (445,30 € si es para centro de día)313,50 €

Las cuantías mínimas son de 200 € en grado III, 150 € en grado II y 100 € en grado I, salvo en la vinculada a la teleasistencia. La cantidad concreta se calcula según la capacidad económica de cada persona y la normativa de su comunidad, así que la media real queda por debajo del máximo: a 30 de septiembre de 2026, la prestación por cuidados familiares era de 386,36 € de media en grado III, 278,78 € en grado II y 174,91 € en grado I, y la vinculada a una residencia, de 557,59 € en grado III y 544,42 € en grado II.

Más detalle en prestación vinculada al servicio, prestación por cuidados en el entorno familiar y asistencia personal.

Cuántas personas hay en cada grado

A 30 de septiembre de 2026 había en España 1.899.661 personas con derecho a prestación: 725.051 con grado I (38,2 %), 697.817 con grado II (36,7 %) y 476.793 con grado III (25,1 %). Además, 435.987 resoluciones, el 18,7 % del total, fueron sin grado. El reparto cambia según la comunidad: el grado III supone el 30,2 % de las resoluciones en Canarias y el 12,5 % en Cataluña. Y la espera también: de las 117.017 personas que aguardaban su PIA, 67.429 tenían grado I (lo detallamos en la lista de espera por comunidad).

Preguntas frecuentes

¿Se puede cambiar de grado?

Sí. Si la situación empeora o mejora, o si crees que hubo un error al aplicar el baremo, se puede pedir la revisión. Te lo explicamos en revisión del grado de dependencia.

Con grado I, ¿se puede ir a una residencia pública?

La norma estatal reserva el servicio de atención residencial del sistema a los grados II y III. Con grado I caben otros servicios, como el centro de día, o una plaza privada; consulta las opciones en plaza pública, concertada o privada.

¿La cuantía máxima es lo que se cobra?

No necesariamente. Es un tope estatal: cada comunidad aplica un coeficiente según la capacidad económica y puede añadir niveles de protección con cargo a su presupuesto.

¿Y si no estoy de acuerdo con el grado?

Puedes recurrir la resolución, normalmente en el plazo de un mes. Lo contamos en si te deniegan la dependencia o te dan menos grado.

Este artículo ofrece información general y no sustituye el consejo de los servicios sociales. Para tu caso concreto, consulta a los servicios sociales de tu ayuntamiento o al organismo de dependencia de tu comunidad autónoma.

Fuentes

Pilar, agente
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