Elegir centro y vida en la residencia

Cómo comprobar que una residencia de mayores está autorizada

Autorización y acreditación no son lo mismo. Te contamos dónde consultar el registro de tu comunidad, qué pedir al centro y cómo lo muestra nuestro directorio.

Publicado el 22 de octubre de 2026 · 7 min de lectura · Información general, no sustituye el consejo profesional.

Para comprobar que una residencia está autorizada, pide al centro su número de inscripción en el registro de servicios sociales de su comunidad autónoma y búscalo en el buscador o listado oficial, si tu comunidad lo publica. En nuestro directorio, cada ficha indica de qué registro procede, con el número y la fecha de inscripción cuando la fuente los publica. La acreditación es un paso más: la necesitas si vas a pagar la plaza con la prestación vinculada al servicio o si buscas una plaza concertada.

Es una pregunta habitual cuando se busca residencia, y el equipo del centro te la responderá sin problema. Aquí tienes qué significa cada papel, dónde consultarlo y cómo plantearlo.

Autorización, registro y acreditación: qué es cada cosa

  • Autorización de funcionamiento. Es el permiso de la comunidad autónoma para que un centro de servicios sociales pueda desarrollar su actividad. En Cantabria, por ejemplo, primero se pide una autorización previa, que comprueba que el proyecto cumple las condiciones mínimas materiales y funcionales de ese tipo de centro, y después la autorización de funcionamiento, que también hay que solicitar para poner en marcha plazas nuevas. Por eso las fichas oficiales hablan de «plazas autorizadas».
  • Inscripción en el registro. La Ley de Dependencia encarga a cada comunidad autónoma «crear y actualizar el Registro de Centros y Servicios». Cada una le pone su nombre: RUEPSS en Galicia, RESES en Cataluña o Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales en Aragón, por ejemplo.
  • Acreditación. El acuerdo estatal de 2022 sobre acreditación y calidad la define como el acto por el que la administración certifica que un centro reúne «especiales condiciones de calidad» y declara que es idóneo para integrarse en la red del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD).
AutorizaciónAcreditación
Para qué sirvePara que el centro pueda funcionarPara integrarse en la red de dependencia: plazas concertadas y atención a personas con prestación vinculada
Quién la concedeLa comunidad autónomaLa comunidad autónoma, con criterios comunes acordados a nivel estatal
A quién se exigeA los centros, según la normativa de cada comunidadA los centros privados que quieren concertar plazas o atender a personas con prestación vinculada
Dónde tiene efectoEn su comunidadSolo en el territorio de la administración que la concede

Los centros públicos no pasan por el procedimiento de acreditación, aunque el acuerdo de 2022 les exige las mismas condiciones de calidad para atender a personas en situación de dependencia. Y, como recuerda el Imserso en su censo de 2025, un centro privado que no quiere integrarse en el sistema no está obligado a acreditarse, pero sí a cumplir los requisitos y autorizaciones de su comunidad. En ese censo, el 97,6 % de los centros incluidos en el análisis figuraba como acreditado.

Dónde consultarlo en tu comunidad

Cada comunidad publica su información a su manera. Estas son algunas herramientas oficiales que hemos comprobado; en la guía de cada comunidad tienes el contexto y los enlaces:

ComunidadHerramienta oficial
GaliciaBuscador de centros del RUEPSS. La ficha pública de cada centro muestra las plazas autorizadas, la fecha de inicio de actividad y, si la tiene, la de acreditación
AragónBuscador del Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales
CataluñaBuscador de centros del Departament de Drets Socials i Inclusió y registro RESES en datos abiertos
Comunidad de MadridListado, en datos abiertos, de los centros autorizados e inscritos en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de Atención Social
Castilla y León«Centros de carácter social», con el número de registro de cada centro, en datos abiertos
CantabriaRegistro de centros del Gobierno de Cantabria, con listados por tipo de centro
CanariasRed de Centros y Servicios de Dependencia en Canarias
Comunitat ValencianaListados de residencias de la Conselleria
AndalucíaMapa de recursos en materia de dependencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia

Si tu comunidad no aparece o el buscador no te resulta claro, los servicios sociales de tu ayuntamiento o la consejería pueden confirmártelo.

Cómo lo muestra nuestro directorio

Las fichas parten de los registros oficiales que publican las comunidades autónomas. En cada una verás:

  • La etiqueta «Inscrita en el registro oficial», con el número de inscripción cuando la fuente lo publica. A 22 de octubre de 2026 lo muestran 6.360 de nuestras 8.777 fichas.
  • Un bloque de datos oficiales: plazas autorizadas, número de registro, fecha de inscripción o autorización, entidad titular o gestora y el nombre con el que el centro figura en el registro, que a veces no coincide con el comercial.
  • La fuente de cada dato, con enlace y fecha de consulta, y una leyenda que distingue lo que procede del registro oficial, de la web del centro, de terceros o lo confirmado por el propio centro.
  • La acreditación, cuando el registro de la comunidad la publica. Si no aparece, no significa que el centro no la tenga: pregúntalo.

Cuando el registro de una comunidad no se puede incorporar completo, algunas fichas (109 en total) se basan en la web del propio centro, y así lo indican. Ningún centro paga por su posición en el directorio; te contamos cómo trabajamos en transparencia. Si ves un dato desactualizado, cada ficha tiene un enlace «¿Ha cambiado algún dato? Avísanos».

Cómo preguntarlo con naturalidad

Un buen momento es la primera llamada o la visita, junto al resto de dudas prácticas. Algunas frases que funcionan:

  • «¿Me podéis indicar vuestro número de inscripción en el registro de servicios sociales?»
  • «¿Cuántas plazas tenéis autorizadas?»
  • «¿Estáis acreditados para atender a personas con la prestación vinculada al servicio?»
  • «¿Tenéis plazas concertadas con la comunidad?»
  • «¿Nos podéis dar la carta de servicios, la guía de convivencia y el modelo de contrato?»

Estos documentos, junto con las autorizaciones y licencias que correspondan y las hojas de quejas, sugerencias y agradecimientos, forman parte de la documentación mínima que el acuerdo de 2022 pide a los centros acreditados. Lleva estas preguntas en nuestra lista para la visita y complétalas con qué observar en la primera visita y qué aclarar antes de firmar el contrato.

Si algo no cuadra

Puede haber una explicación sencilla: el centro ha cambiado de nombre o de entidad gestora, ha ampliado plazas o el registro todavía no se ha actualizado. Coméntalo con la dirección, que te lo aclarará. Si te queda alguna duda, los servicios sociales de tu comunidad pueden confirmarte la situación del centro.

Para seguir eligiendo con calma, te ayudarán cómo elegir residencia paso a paso y nuestra explicación de qué significa que una residencia sea asistida, de válidos o sociosanitaria.

Preguntas frecuentes

¿Una residencia pública tiene que estar acreditada?

No pasa por el procedimiento de acreditación, pero el acuerdo estatal de 2022 le exige cumplir las mismas condiciones de calidad que a los centros privados acreditados cuando atiende a personas en situación de dependencia.

¿La acreditación de una comunidad vale en otra?

No. Según ese mismo acuerdo, la acreditación solo tiene efectos en el territorio de la administración que la concede.

¿Puedo usar la prestación vinculada en cualquier residencia privada?

Solo si el centro está acreditado para atender a personas en situación de dependencia. Lo explicamos en la prestación vinculada para pagar la residencia y en plaza pública, concertada o privada.

No encuentro el centro en el buscador oficial, ¿qué hago?

No te preocupes de entrada: puede figurar con otro nombre, con el de su entidad titular o en otro listado. Pide al centro su número de inscripción y busca con ese dato, o consulta a los servicios sociales.

Este artículo ofrece información general y no sustituye la información oficial de tu comunidad autónoma. Para tu caso concreto, consulta a los servicios sociales de tu ayuntamiento o a la consejería competente en servicios sociales.

Fuentes

Pilar, agente
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